Esto según el acuerdo ministerial No. 303-2023, se restringe la circulación del transporte de carga pesada a partir del miércoles 5 de abril hasta el domingo 9 de dicho mes a las 24 horas.
El artículo 1 de la normativa refiere que se exceptúa de este lineamiento el transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos y grúas por ser un equipo de servicio.
“Estos podrán circular y no necesitan permisos especiales”, según la ley. Recomiendan que los automovilistas y demás automotores circulen con responsabilidad.