El artículo 223 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos establece cuándo entre en vigor estas prohibiciones, en el inciso d, indica: “El expendio o distribución de licores, bebidas alcohólicas y fermentadas o su consumo en lugares públicos, desde las doce horas del día anterior a las elecciones y hasta las seis horas del día siguiente a estas”.
De esta manera, la ley seca para esta segunda vuelta electoral entrará en vigencia el sábado 10 de agosto a las 12:00 horas, y finalizará el lunes 12 de agosto a las 6:00 horas.
Aunque esta violación a la ley no es un delito, es una falta, por lo que quienes sean sorprendidos expendiendo o consumiendo, serán detenidas y llevadas a al juzgado correspondiente, en caso de ser detenidas el día sábado.
Las personas que se detengan el día domingo, tendrán que esperar hasta el día lunes para ser llevadas al juzgado correspondiente.
Quienes violan la ley seca pueden pasar de 15 a 30 días en prisión, o pagar una multa por la falta cometida.